Las medidas son:
- Los contribuyentes afectados desde la crisis social iniciada el 18 de octubre pueden postergar el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los meses de octubre, noviembre y diciembre de este año, y cancelarlos recién a partir de febrero del próximo año, en doce cuotas iguales y sucesivas sin multas ni intereses.
- Pueden solicitar un anticipo de la devolución de impuestos a la renta que le pudiera corresponder en el año tributario 2020.
- Donaciones a Mipymes afectadas estarán exentos de pago de impuesto, liberados del trámite de insinuación y serán un gasto aceptado para los donantes.
- Alcaldes pueden postergar en hasta tres meses y autorizar el pago en cuotas de las patentes municipales de las Mipymes afectadas.